Críticas de la Fundacion Bamberg a la propuesta de una nueva Ley General de Sanidad de la Fundación Alternativas
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06Nov | 2011
Recientemente la Fundación Alternativas, think tank del PSOE acaba de publicar un documento firmado por Javier Rey del Castillo en el que se reclama una nueva Ley General de Sanidad y en el que cita reiteradamente al Modelo de Futuro de Gestión de la Salud, elaborado por la Fundación Bamberg a partir de las aportaciones realizadas por numerosos expertos de en diferentes disciplinar y de todo orden ideológico y presentado el pasado 25 de abril coincidiendo con el 25 aniversario de la Ley General de Sanidad.
En el citado documento se expresan opiniones que no responden a lo que el Modelo de la Fundación Bamberg propone realmente y qué es lo que se pretende lograra con el Modelo, que no es ni privatizar ni re-centralizar las competencias en Sanidad. En general, bajo un extenso preámbulo de más de cien páginas, dedica nueve páginas a la propuesta de cambio de la Ley General de Sanidad, cuyas propuestas sería necesario justificarlas y aclarar cómo sería el Modelo de comportamiento del Sistema Sanitario con la nueva Ley y qué resultados generaría.
Los cambios que la Fundación Alternativas, a través de este documento, propone a la LGS son medidas de estatalización y reforzamiento de la administración pública en detrimento de la libertad de los ciudadanos, como la eliminación del Sistema de MUFACE, ISFAS, MUJEJU, si la economía lo permite. La creación de entidades a nivel estatal con participación autonómica para coordinación… (centralización) de sistemas de información, compras, etc. El establecimiento de límites a las formas de gestión público-privada, reforzar el nivel de atención primaria como puerta de entrada al Sistema (filtro), fijar límites a la libre elección de especialista y centro y reforzar el poder de compra del sistema sanitario público en su conjunto (monopsonio público).
También propone cambios incomprensibles y no justificados en los apartados anteriores del documento, como eliminar la limitación de la propiedad de las oficinas de farmacia a los farmacéuticos titulados permitiendo la dispensación de medicamentos en centros públicos, alegando a las recomendaciones del Tribunal para la defensa de la competencia y cambios en el estatuto de los profesionales sanitarios eliminando limitaciones a la gestión de los recursos humanos por parte de los Centros Públicos.
Respecto a la primera referencia que hace el documento al Modelo de Futuro de Gestión de la Salud elaborado por la Fundación Bamberg, hemos de significar que la propuesta de Bamberg no es de cambios en el modelo actual si no que es un propuesta de un nuevo modelo y, como tal modelo, plantea un sistema completo y hay que entenderlo como tal, en el que, bajo el convencimiento que la salud de la población es un objetivo estratégico de primer nivel para un país, se resuelven los problemas que ahora existen de universalidad, financiación, cohesión, equidad, accesibilidad, calidad, eficiencia e innovación. Establece unas reglas de juego que hacen que, siempre que se cumplan, el sistema mantendrá sus cualidades.
Vuelve a referirse al Modelo en su página 108 para decir, erróneamente, que propone “abrir la libre elección entre el sistema público y las entidades privadas para después, en la página 119, decir que la Fundación Bamberg propone la re-devolución de las competencias en materia de gestión de los servicios sanitarios a las CC. AA., nada más lejano de lo que la Fundación Bamberg propone, aunque sí acierta en lo que se refiere a dotar de capacidad ejecutiva a los acuerdos del Consejo Interterritorial (lo que supondría su modificación, por supuesto).
La propuesta de Bamberg no es de cambios en el modelo actual, es un propuesta de un nuevo modelo y, como tal modelo, plantea un sistema completo y hay que entenderlo como tal, en el que, bajo el convencimiento que la salud de la población en un objetivo estratégico de primer nivel para un país, se resuelven los problemas de universalidad, financiación, cohesión, equidad, accesibilidad, calidad, eficiencia e innovación que ahora existen. Establece unas reglas de juego que hacen que, siempre que se cumplan, el sistema mantendrá sus cualidades.
Contrariamente a lo que expresa el informe de la Fundación Alternativas firmado por Javier Rey, nuestro sistema sanitario no nace en 1986 sino que es directamente heredero del resultante de la Ley General de la Seguridad Social de 1966. Este sistema se fue desarrollando hasta 1974 en el que la ley General de Seguridad Social configura un sistema de asistencia sanitaria con libre elección de medico general y pediatra hasta que, como consecuencia de los Pactos de la Moncloa se emite el Real Decreto Ley 36/1978 en el que se separa la gestión de las prestaciones económicas de las prestaciones sanitarias creándose para estas últimas el Instituto Nacional de la Salud (Insalud). Poco después, el 29 de diciembre de ese mismo año entra en vigor la Constitución Española.
Siete años después, mediante la Ley General de Sanidad, 14/1986, de 25 de abril, de la que ahora se conmemora el 25 aniversario, establece la financiación con cargo a los presupuestos generales del Estado. Hay que recordar que una de las razones para que se decidiera entonces la financiación de la Sanidad por los presupuestos generales del Estado era que la Seguridad Social, que tenía que garantizar las pensiones y las prestaciones por desempleo, no tenía capacidad para seguir financiando la Sanidad sin poner en peligro las otras prestaciones.
La Ley configura el Sistema Nacional de Salud como un ente público de producción de servicios sanitarios, formado por el conjunto de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas “convenientemente coordinados”. Concretamente, el artículo 50 de la Ley establece que en cada Comunidad Autónoma se constituirá un servicio de salud integrado por todos los centros, servicios y establecimientos de la propia Comunidad, Diputaciones, Ayuntamientos y cualesquiera otras Administraciones territoriales intracomunitarias, que estará gestionado, como se establece en los artículos siguientes, bajo la responsabilidad de la respectiva Comunidad Autónoma.
En este aspecto, lo que hace esta ley es consolidar el carácter estatalista de la producción de los servicios sanitarios, continuista con el sistema de Hospitales de la Seguridad Social configurado en 1966.
Para conseguir esa coordinación conveniente, la ley crea el Consejo Interterritorial de Salud en un artículo que, aunque no le da carácter ejecutivo sino solo consultivo, es posteriormente derogado en 2003 siendo la posterior Ley de Cohesión y Calidad la que acaba configurando como es en la actualidad, un órgano meramente de relación y sin ningún poder ejecutivo ni de mandato obligatorio para las Comunidades Autónomas.
La Ley General de Sanidad decía que son titulares del derecho a la protección de la salud y a la atención sanitaria todos los españoles y los ciudadanos extranjeros que tengan establecida su residencia en el territorio nacional y La asistencia sanitaria pública se extenderá a toda la población española. El acceso y las prestaciones sanitarias se realizarán en condiciones de igualdad efectiva.
Sin embargo, al no desarrollarse reglamentariamente esta Ley, ha seguido siendo el Reglamento de la Ley General de la Seguridad Social el vigente, dándose la paradoja de la exclusión de la prestación en condiciones de igualdad efectiva de los no cotizantes a la Seguridad Social, entre los que se encuentran los parados sin prestación, a no ser que demostraran la ausencia de recursos, como muy bien explica la “Ley de Universalización” de Cataluña de 2010 en su preámbulo.
Pero la Ley General de Sanidad también establecía, con un planteamiento muy avanzado para la época, que serán las áreas de salud las piezas básicas de los servicios de salud de las Comunidades Autónomas; áreas organizadas conforme a la indicada concepción integral de la sanidad, de manera que sea posible ofrecer desde ellas todas las prestaciones propias del sistema sanitario. Este mandato se ha cumplido sólo hace unos años por Valencia y parcial y tardíamente por alguna otra Comunidad Autónoma como Extremadura.
Creaba las Áreas de Salud responsabilizándolas de gestión unitaria (gerente del área de salud) de los centros y establecimientos en su demarcación territorial y de las prestaciones sanitarias y programas sanitarios a desarrollar por ellos. Creaba los Consejos de Salud y los Consejos de Dirección de Área (como una especie de Consejo de Administración).
Además establecía la libertad de elección de médico de primaria (ya reconocida anteriormente en 1974) y asignaba al Ministerio la acreditación de Servicios de Referencia.
También declaraba que los hospitales generales del sector privado que lo solicitaran serían vinculados al Sistema Nacional de Salud, pero sometidos al mismo régimen.
En materia de coordinación establecía el Plan Integrado de Salud, como resultado de la integración del conjunto de Planes de Salud realizados en cada Comunidad Autónoma
Como decíamos, la Ley General de Sanidad, en estos 25 años, no se desarrolló, estando aún vigente el antiguo Reglamento de la Seguridad Social. No hemos sido capaces de desarrollar la ley y su espíritu, con excepción de las Leyes de Cohesión y Calidad, tampoco desarrollada y de Autonomía del Paciente aprobadas por consenso durante el mandato de Ana Pastor.
Para que se cumplan los preceptos de una ley tiene que habilitarse un conjunto de reglamentos y órdenes administrativas que, de no producirse, relegan las leyes a meros actos declarativos. Tiene que haber voluntad de cumplirla y los gobiernos del Psoe no la han tenido.
Lo que habría que hacer con la Ley General de Sanidad es desarrollarla con un reglamento propio desvinculando la Sanidad de la condición laboral de los beneficiarios con el fin de que la Sanidad sea realmente universal (lo que se ha hecho el la reciente Ley de Salud Pública en un parche y es claramente insuficiente) y transfiriendo en consecuencia las competencias sanitarias que actualmente detenta el Ministerio de Trabajo al Ministerio de Sanidad. No obstante debería limitar la asistencia sanitaria a extranjeros residentes en nuestro país no pertenecientes a la Unión Europea, solo a los que demuestren carencia de ingresos. No puede ser que cualquier extranjero que llegue en situación irregular (somos 7.000 millones de habitantes), por el mero hecho de inscribirse en el padrón de un ayuntamiento, para lo que solo se le exige que indique un domicilio, tenga derecho a toda la asistencia sanitaria que desee, lo que genera un turismo sanitario gratuito.
Una nueva Ley General de Sanidad solo sería deseable una vez que se haya consensuado y decidido qué Modelo es el que se ha de seguir y cuáles serían los objetivos a alcanzar. Para eso la Fundación Bamberg expuso sus propuestas para debate en el informe que presentó el 25 de abril, fecha de su aniversario, y sigue trabajando para perfeccionarlo apoyado por grupos de expertos con los que sigue manteniendo reuniones de trabajo y está abierta a participar en cuantos foros y reuniones se la reclame.
En el contexto actual, la Sanidad se ha convertido en un instrumento de poder por los Gobiernos de las Comunidades Autónomas y se ha desarrollado un movimiento centrífugo extremadamente acelerado en aras de desarrollar ese poder político y económico. La búsqueda del voto ha llevado a algunas Comunidades a inversiones no necesarias, inversiones de lujo e inversiones ineficientes, hoy difícilmente sostenibles.
El carácter estatalista de la producción de bienes y servicios sanitarios se ha afianzado todavía más desde la desaparición del Insalud y la configuración de la mayoría de los diferentes Servicios (en realidad sistemas) de Salud de cada Comunidad Autónoma.
Y esto nos ha llevado a una situación actual de falta de trasparencia de los resultados en salud, ineficiencias derivadas del pago por actividad desarrollada y no por los resultados de la actividad, de la burocratización de las organizaciones sanitarias y de la limitación de los gestores a la hora de gestionar el personal. El régimen funcionarial al que están sometidos los profesionales sanitarios y la burocracia administrativa que impide una gestión económica y financiera razonable, conllevan a una falta de eficiencia, de equidad y de productividad del Sistema. En España tenemos una medicina excelente, pero nos engañemos cuando decimos que tenemos el mejor sistema sanitario del mundo, sobre todo ahora que nos damos cuenta de que, si no aumentamos sustancialmente su financiación, es insostenible.
Y las medidas del Informe de la Fundación Alternativa, que se recogen mayoritariamente en el programa del Psoe para estas elecciones generales, son medidas que no afrontan los verdaderos problemas y que ahondan en el carácter estatalizador y burocrático de la gestión sanitaria, con una mayor dependencia de todo orden del régimen político propugnado por el Psoe.
Por otra parte, si el Estado claudicara de su responsabilidad de financiador definiendo las prestaciones a asegurar, se producirá inexorablemente un declive que nos devolverá a un régimen de Beneficencia del que solo se salvarán los que puedan pagarse una sanidad privada.
Por ello tenemos que liberarnos de dogmatismos, de condicionantes y de partidismos y poner a trabajar la imaginación y el sentido común. Apretarnos el cinturón y ponernos a trabajar en colaboración para poder transformar este sistema en un sistema diferente que sea realmente equitativo y solidario entre todos los españoles, trasparente y eficiente, donde los ciudadanos puedan conocer y elegir libremente el centro y el médico que quiera que le atiendan y donde los profesionales se ilusionen por el trabajo que desarrollan, donde se establezcan condiciones para la continua innovación y mejora de la calidad y de los resultados, en un entorno de responsabilidad, de eficiencia y de sostenibilidad. Debemos crear el marco idóneo para que esto se desarrolle, sin excluir a nadie y sin despreciar ningún recurso, público o privado, aprovechando todas las oportunidades en aras de la salud de nuestros ciudadanos. Ante el sentido común no debe haber leyes que lo contradigan y será nuestro deber cambiarlas o hacer que se cambien.